Campo & Cavia Abogados. Departamento Herencias
La aceptación de la herencia es aquel trámite según el cual aquellas personas que han sido designadas como herederas en el testamento o bien en la sucesión intestada, pasan a ser titulares de los bienes del difunto. Para que dicho cambio de titularidad sea efectivo, lógicamente es necesario realizar el paso de la aceptación de la herencia.
Dicha aceptación puede realizarse de forma expresa o de forma tácita. Lógicamente en el caso de tratarse de un bien inmueble o de saldos en cuentas bancarias, la forma expresa es la mas recomendable y necesaria, ya que de esta forma nadie puede impugnar dicha adjudicación, al ser totalmente legal. La forma tácita, sería por ejemplo el seguir disponiendo de bienes del difunto (por ejemplo documentos, muebles, dinero efectivo…) sin que exista ningún documento que refleje dicha adquisición.
La herencia, puede ser aceptada o puede ser repudiada, es decir, existen ocasiones en las que no es aconsejable aceptarla, ya que las deudas de la misma superan al activo, motivo por el cual se cometería un error si se aceptara en dichas circunstancias un patrimonio hereditario.
Tres conceptos básicos a tener en cuenta:
- Aceptación de una herencia de forma simple: En aquellos casos en los que se tenga la certeza de que las deudas son mucho menores que el activo, y por lo tanto con la aceptación se pueden pagar sin problemas las deudas que pudieran existir.
- Aceptación de la herencia a beneficio de inventario: En este caso, existen deudas que pueden ser incluso mayores que los propios bienes que forman la misma. En este caso, el beneficio de inventario significa que la herencia responderá del pago de las deudas únicamente hasta el importe donde llegue el activo de la misma, sin que el heredero tenga que hacer frente con su propio patrimonio al pago de dicha situación deudora de la herencia.
- Repudiación de la herencia: Muchas son las herencias actualmente que son rechazadas por los beneficiarios. Los motivos son obvios, las pesadas hipotecas hacen que los bienes no sean suficientes para abonarlas, y por lo tanto no merece la pena aceptarlas, teniendo de forma necesaria tener que se repudiadas.
Si necesitas asesoramiento sobre la aceptación de la herencia, en Campo & Cavia Abogados, nuestro departamento hereditario tramita dichos procedimientos en el centro de Barcelona desde hace más de 25 años, por lo tenemos una dilatada experiencia en el sector.
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