Por parte de fiscalía y de la acusación particular, se solicitaban penas que llegaban a sumar la cuantía de 15 años de prisión. Todos los delitos relacionados con la violencia de género.
En concreto, se solicitaban penas por quebrantamiento de una orden de alejamiento, así como por amenazas, por maltrato animal y por último, el más importante de los delitos, por delito de incendio.
Por la suma de todos los delitos, se pedían por parte de las acusaciones penas que sumaban los quince años de prisión del acusado.
Sin embargo, en el mismo acto de juicio, y tras una defensa totalmente contraria a las acusaciones, la propia fiscalía rectificó y rebajó sus peticiones a los seis años que finalmente estimó la Sala penal de la Audiencia Provincial como condena al acusado.
Entre el acusado y la víctima, existía una orden de alejamiento y a pesar de ello los mismos se comunicaban con frecuencia. El día de los hechos, básicamente el acusado decidió prender fuego a lo que había venido siendo la vivienda común, si bien la víctima ya no vivía en dicha vivienda.
El fuego pudo ser sofocado por la unidad de bomberos sin que se extendiera al resto del edificio, y sólo afectando a algunas zonas comunes y a algunos servicios del edificio.
Por parte de las acusaciones se solicitaba una pena por delito de incendio que puede ir desde los 10 a los 15 años de prisión. Si a ello le añadíamos el resto de los delitos, obteníamos la cifra comentada de los quince años que se solicitaban.
Tras la declaración de toda la policía que actuó el día de los hechos, así como de los vecinos del edificio que fueron afectados por el delito, la Sala de lo penal de la Audiencia Provincial, determinó a pesar de haber sido un incendio provocado, el hecho de no haber heridos en el mismo y que todos los vecinos pudieran ser evacuados del mismo (salvo una persona que ni siquiera se percató del incendio), fue suficiente para que se estimara una circunstancia de menor importancia del incendio que permitía reducir la pena en un grado, es decir, imponerla de cinco a diez años.
A ello, se debería también tener en cuenta la afectación psicológica del acusado, al cual se le dictaminó por parte del médico forense una circunstancia atenuante por su consumo de sustancias estupefacientes y alcohol.
Todo ello, junto a la absolución del resto de los tres delitos por los que venía siendo acusado, hace que la condena haya sido en opinión de los abogados penalistas de Campo& Cavia, mucho menor de lo que inicialmente solicitaban tanto fiscalía como la acusación particular.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Penal