CAMPO & CAVIA. NEGLIGENCIAS MÉDICAS
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ha dictado una Sentencia con fecha 18 de enero de 2013, en la cual se revoca la dictada en primera instancia, y se concede el derecho a una indemnización por la tardanza que existió desde la lesión de la rodilla, hasta que finalmente fue operada dieciocho meses después. Campo & Cavia abogados tramitó desde el principio la reclamación.
Los hechos se remontan al año 2005, cuando el demandante Sr. J. D. V, sufrió una lesión de ligamentos y menisco. A partir de dicho momento, la medicina pública, no le practicó una intervención quirúrgica hasta pasados los 18 meses. Tiempo en el cual el paciente se quejó constantemente del mal trato recibido y de los dolores que estaba padeciendo por dicha falta de atención.
En la Sentencia dictada en primera instancia, se entendió por parte del Juez, que se había justificado por los médicos que dicho plazo de espera, no supuso un empeoramiento de su rodilla. Sin embargo, por parte del Tribunal Superior de Justicia, se entiende contrariamente, que «aún no tratándose de una urgencia vital, una demora de catorce meses para el tratamiento, resulta excesiva, dada la inestabilidad que produce en la deambulación dicha ruptura». El perjudicado, asesorado por los abogados especialistas en negligencias médicas de Campo & Cavia Abogados, ha estado luchando durante cuatro años, hasta que por fin la Audiencia Provincial de Barcelona, ha tenido que reconocer y concederle la correspondiente indemnización por negligencia médica.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Negligencias Médicas