El usufructo puede frustar las expectativas de los herederos que tienen la carga de un usufructuario de la totalidad de la herencia.
Y es que a pesar de que sean nombrados herederos de todos los bienes, si existe un usufructuario sobre la totalidad de la herencia, los derechos de propiedad quedan muy limitados por el mismo.
En el caso de que una persona fallezca sin testamento y tenga hijos y cónyuge o pareja estable, la herencia irá hacia los hijos, pero tendrán que respetar el usufructo de la pareja o cónyuge.
¿Qué consecuencias prácticas puede tener esta situación?
- En primera lugar, los herederos serán los dueños de los bienes, pero no podrán disponer de ellos, ya que es el usufructuario el que tiene derecho a usarlos. Sólo co la obligación de conservarlos con suma diligencia.
- Igualmente, no pueden los herederos obligarle a vender los bienes, ya que es opción del titular del usufructo el seguir disfrutando de los bienes hasta su fallecimiento.
Todo ello se aplica tanto a inmuebles como a cuentas bancarias, lo cual supone un perjuicio muy elevado para los herederos, que ven como pueden tener una vivienda que es alquilada por el nudo propietario y cuyas rentas no las cobran ellos, sino el usufructuario.
Igual ocurre con las cuentas bancarias, donde quien cobra los intereses de las mismas es también el usufructuario.
Sin embargo, la propia ley en su artículo 442-5 del Libro cuarto del Código Civil de Cataluña, establece que el cónyuge viudo puede optar por capitalizar el usufructo, es decir, cobrar un importe económico de la herencia a cambio de permitir a los herederos gozar de la plenitud del derecho de propiedad (poder vender, alquilar, poseer etc.).
El plazo para poder conmutar dicho usufructo por una parte de los bienes de la herencia (que viene a ser una cuarta parte) es de un año, y ya no se podrá ejercer dicho derecho si se aceptar la. herencia con dicha usufructo universal.
En la práctica, según los abogados expertos en herencias, todo se reduce al tipo de relación que tenga la familia del difunto entre ellos mismos. Por lo general, los hijos siempre protegerán al cónyuge viudo salvo que no exista o la relación está muy deteriorada entre los mismos.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Herencias