En ocasiones, abierta la herencia resulta que el heredero no puede o no quiere recibir los bienes, por lo que la sustitución localizará al siguiente en la linea sucesoria.
El artículo 425-1 del Código de Sucesiones Catalán, establece lo que entendemos por la sustitución vulgar.
En concreto, el testador puede hacer valer en el testamento un heredero posterior para el caso de que el primer nombrado no llegue a aceptar la herencia. Bien por el motivo de no poder (por haber fallecido, por ejemplo) o bien porque simplemente rechaza la herencia.
En estos casos, es cuando se habla de la figura de la sustitución. Es tan sencillo como ver quién es la persona que pasar a heredar a falta del primer nombrado.
A la hora de redactar un testamento, es bueno siempre tener en cuenta que existe la posibilidad de que cuando se abra nuestro testamento, entra dentro de lo posible que nuestra primera persona para heredar, haya fallecido antes o rechace la herencia. En este caso, es bueno tener prevista una opción B, una opción C o cuantas sean necesarias para asegurar que uno de ellos pasará a heredar los bienes.
¿Qué ocurre si no nombro ningún sustituto en el testamento?
Si en nuestro testamento no he tenido la iniciativa de cobrar los sustitutos, es lógico pensar que alguien tendrá que aceptar los bienes y la herencia. En dicho caso, al haber quedado vacía la herencia testamentaria, será la ley la que nos dirá quién es el primero en la linea sucesoria tras el primer intento fallido.
Allí sí que se abriría la sucesión intestada (como si no hubiera testamento) y será la propia previsión legal la que establecerá los herederos preferetes.
Por pura lógica, los familiares más cercanos son los que pasan a heredar los bienes (por lo general los hijos son los que obtienen en primer lugar los bienes), y a falta de estos, la ley siempre salta a otro grupo de familiares cercanos (cónyuges, ascendientes etc.).
En este punto, dependerá le la legislación de cada comunidad, ya que no son lo mismo las previsiones del Código Civil, que las del Código de Sucesiones Catalán. Existen siempre pequeños matices que diferencian a unos y otros.
Los abogados expertos en herencias de Campo & Cavia, asesoramos tanto en la redacción de los testamentos, como en cualquier trámite posterior para la aceptación de los bienes tras el fallecimiento de un familiar.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Herencias