La ralentización de multitud de procedimientos judiciales al inicio de la crisis del COVID es un hecho que no ha tenido punto de comparación en la historia judicial reciente de nuestro país. Se trata sin duda de un fenómeno que ha afectado a todos los sectores de nuestro entorno y, como no, también al ámbito jurídico; el cual, si de por si ya tiene una estructura de desarrollo muy lento, la crisis del COVID_19 lo ha ralentizado aún más.
No podemos afirmar sin embargo que los procedimientos judiciales penales hayan sufrido una paralización completa en sus bases, pero sí que se puede afirmar sin miedo a equivocarnos que éstos se han visto retrasados en la mayoría de sus procedimientos.
Al comienzo de toda esta situación se idearon mecanismos de protección en los protocolos de actuación penales que han sido muy fructíferos y exitosos y que probablemente perdurarán en el tiempo cuando la normalidad regrese de nuevo a nuestras vidas. Me estoy refiriendo sin duda a la implementación de los sistemas de higiene y limpieza extrema como son los que pueden venir representados por la utilización de mascarillas quirúrgicas en todas las actuaciones juridiciales del sector penal y la utilización de sistemas de limpieza continuos basados en las soluciones hidra alcohólicas.
A todo lo anterior hay que sumarle la normalización. De la utilización de los sistemas telemáticos de comunicación como pueda ser la videoconferencia con comisarias y juzgados que probablemente se perpetuarán en el tiempo por haber dado un resultado excelente en la paralización de la propagación del virus en sede policial y judicial y para la agilización en cuestión de tiempos de los procedimientos policiales y judiciales.
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Campo & Cavia Abogados.
Departamento de Derecho Penal.