Acuerdos entre partes
En muchas ocasiones, en los procedimientos de divorcio las partes no son conscientes de los innumerables acuerdos a los que podrían llegar si existiera una voluntad de solucionar y de reorganizar la relación de hijos con progenitores y progenitores entre si después de la ruptura.
La mayoría de las veces, por falta de comunicación entre las partes, por desconfianza o por cualquier otro motivo relacionado con la ruptura, los todavía cónyuges no se ven capaces de sentarse alrededor de una mesa a negociar los términos de la ruptura. En la mayoría de los casos se pueden tomar muchos más acuerdos de los que realmente las partes piensan.
La gran diferencia entre que sean los propios interesados los que cierren los términos del convenio o por el contrario sea un juez quien lo haga radica en que, en el primero de los casos, son las propias partes las que tienen capacidad de decisión sobre todos los acuerdos mientras que en el segundo de los casos, es el juez el que decide íntegramente el contenido de la sentencia de divorcio.
Sin embargo, en cualquiera de los dos casos, ambas partes tienen que ser conscientes de que si existe un buen entendimiento entre ambos, los acuerdos recogidos en el convenio regulador de divorcio o las decisiones adoptadas por el juez en la sentencia de divorcio pueden ser dejados en un segundo plano y adaptar la relación de las partes a nuevos acuerdos o decisiones que se vayan tomando según las necesidades de cada momento.
En Campo & Cavia Abogados contamos con un equipo de Abogados Expertos en Divorcios que te asesorarán en todo momento a la hora de iniciar un procedimiento de separación o de divorcio.
Campo & Cavia Abogados
Departamento de Derecho Matrimonial