Los familiares que tienen derecho a la legítima en la herencia (hijos o ascendientes) tienen que esperar el momento preciso para iniciar su reclamación de legítima en la herencia.
Y es que hasta que no se sepa de forma exacta quién es el heredero no se podrá reclamarle que pague lo que por legítima pertenece a los familiares más cercanos.
Incluso cuando se sepa quién es el heredero, hasta que éste no acepte los bienes en la herencia, no se le podrá reclamar la legítima, ya que tiene su perfecto derecho a rechazar los bienes de la herencia y por lo tanto decir que no a la herencia.
Si fuera así, lógicamente no tendría ninguna obligación de pagar las legítimas hereditarias, ya que sólo aquella persona que sea nombrado heredero y acepte la herencia, podrá ser instado a que pague lo que a los legitimarios les corresponde.
Por lo tanto, en ocasiones los clientes que son hijos de una persona que ha fallecido y que ha dejado una serie determinada de bienes a otros herederos, quieren que de forma urgente se reclame su parte en la herencia (legítima) a la mayor urgencia.
Es en ese momento cuando hay que informar que las gestiones que se pueden hacer de momento, son la valoración de los bienes y la gestión de los trámites que está realizando el heredero, para definitivamente aceptar la herencia.
Hasta el momento preciso en que sea nombrado heredero mediante aceptación, no se podrá oficializar la reclamación económica. Eso sí, si se llega a una cuerdo incluso antes de que sea nombrado heredero, se podría incluso firmar la aceptación de herencia conjunta y liquidar las legítimas hereditarias en la misma escritura de aceptación de bienes.
Algo que no viene siendo habitual, ya que no siempre las legítimas hereditarias se reclaman (las ser reclamaciones contra familiares muy cercanos) y en ocasiones dichas peticiones no se llegan a realizar nunca por el propio deseo de los beneficiarios.
Actitud que es totalmente respetable, ya que no siempre es fácil pagar un importe líquido de lo que podría ser una parte de un inmueble. Si no hay ahorros con los que hacer frente al pago, muy posiblemente el heredero o heredera tendría que vender su vivienda para hacer frente al pago de la legítima.
Los abogados expertos en herencias de Campo & Cavia, recomendamos no tener excesiva prisa en zanjar una reclamación que suele ser un poco conflictiva, pero tampoco aceptar una oferta a la baja sobre una legítima que tiene su valor económico y que con una peritación adecuada, es muy fácil saber a lo que asciende.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Herencias