Se ha aprobado por parte del Gobierno, en anteproyecto según el cual todos los litigios que se puedan originar dentro de la rama laboral, sean resueltos únicamente por los Juzgados de lo social. Parece una reforma sin importancia, pero lo cierto, es que cuando un trabajador sufre un accidente, o emprende acciones contra su empleador, puede encontrarse con que sus pretensiones no son resueltas en un solo juicio. Ni tan siquiera pueden ser resueltas por un orden jurisdiccional, ya que en ocasiones tiene que presentar una reclamación en el Juzgado Social, así como otra en los Juzgados civiles, al igual que en los contenciosos administrativos según los casos.
Todo ello conlleva una gran complejidad jurídica y procesal que afecta directamente a las expectativas del trabajador, así como al tiempo de resolución de su problemática.
Con la reforma aprobada, se pretende lógicamente economizar las reclamaciones que afectan directamente tanto a empresarios, como a autónomos y trabajadores por cuenta ajena.
En palabras del Ministro de Justicia Francisco Camaño, su objetivo es evitar un peregrinaje institucional al que se ven sometidas las reclamaciones laborales. Abogados Barcelona Campo & Cavia, ha tramitado procedimientos laborales en los que se ha llegado a acudir hasta tres jurisdicciones distintas para solucionar una reclamación laboral, y evidentemente, cada juzgado sigue su propio curso sin ninguna relación con el resto, lo que hace que algunos procesos finalicen en un tiempo razonable, pero otros (generalmente los contenciosos administrativos) se alargan en el tiempo de manera excesiva. El tiempo dirá si la presente reforma consigue su objetivo y acorta el tiempo de las reclamaciones sociales.