No sólo los hijos tienen derecho a una parte de la herencia mediante la legítima, sino que a falta de estos, los padres serán los que les corresponda dicha parte en la masa hereditaria.
Como bien es sabido, la legítima es una parte en la herencia que tiene que entregarse necesariamente a los hijos. En el caso de Castaluña, hablamos de una cuarta parte. Es decir, de cada 100.000 Euros de la herencia, 25.000 Euros aproximadamente irán a pagar a los hijos.
Dicha cuantía de 25.000 Euros, tendrá que ser repartida entre todos los hijos, con independencia de lo que se haya dispuesto respecto a los otros 75.000 Euros. Podría darse el caso de que un hijo fuera heredero (y cobrara los 75.000 Euros), y además se repartiera los 25.000 Euros de legítima con el resto de sus hermanos, ya que como decimos, la legítima se reparte entre todos los legitimarios.
¿Qué ocurre con los padres según las leyes Catalanas?
El derecho a la legítima es para los hijos, pero en el caso de no existir éstos, irían directamente a los padres. Hay que tener en cuenta que si había algún hijo y falleció con descendientes, la legítima sí que iría a pagar a los hijos del fallecido (es decir, nietos del causante) por derecho de representación.
Por lo tanto, en lo que respecta a los padres del fallecido, sólo entrarían a cobrar la legítima en el caso de que el causante (el hijo) no hubiera tenido descendencia. En dicho caso, los padres pasan a ser los legitimarios.
Una particularidad de la legítima de los padres, es que si fallecen antes que el hijo, no habrá nadie que les sustituya, es decir, su derecho no deriva por representación a los abuelos a diferencia de la legítima de los hijos que sí pasaría a los nietos.
En nuestra opinión, siempre hemos dicho que lo más aconsejable es siempre firmar un testamento en el que se deje claro dónde queremos que vayan a finalizar nuestros bienes. Tanto las cuentas bancarias como en su caso el o los inmuebles.
Con independencia de los derechos de los legitimarios, hay que regular quién será quien se encargue de pagar dichas legítimas, así como de pasar a tomar la posesión y propiedad del caudal hereditario.
En opinión de los abogados especialistas en herencias de Campo & Cavia, el coste de un testamento que es prácticamente simbólico, hace fácil el poder firmarlo y cambiarlo siempre que las circunstancias cambian. Motivo por el cual toda persona con unos ahorros o un bien inmueble, debería protocolizar un testamento para evitar futuros conflictos entre sus familiares más cercanos.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Herencias