El concepto de provisión de fondos para asuntos legales hace referencia a la cantidad de dinero que se pone a disposición del abogado a en el momento de hacer el encargo de un asunto y que servirá para sufragar los gastos iniciales que se vayan produciendo como consecuencia del avance del proceso.
Esta provisión de fondos es una figura “liberal”, la cual abogado y cliente adaptan a la situación concreta que requiere el encargo profesional. Se trata pues de una cantidad de dinero que no está regada por ningún organismo público o privado y que únicamente de penderá del punto de acuerdo al que ambas partes hayan llegado.
La provisión se viene solicitando para todo tipo de asuntos, ya sean divorcios, negligencias médicas, derecho inmobiliario, herencias… o cualquier otra que requiera prever unos determinados gastos que necesariamente se van a producir y que en todo caso se han de cubrir.
Estas cantidades de dinero transferidas a los abogados pueden a veces suponer también un adelanto de sus honorarios dependiendo de como se realice la liquidación de las mismas una vez que se ha terminado el procedimiento. Es decir, puede que en ocasiones las cantidades depositadas por este concepto se dediquen a cubrir gastos de gestión, de manera total o parcial, o que tan solo cubran una parte, en cuyo caso, el remanente de estas cantidades pasa a computarse como adelanto en el pago de honorarios de letrado por el hecho de ser un dinero ya entregado y no utilizado para esos eventuales gastos que finalmente pueden no haberse producido.
En Campo & Cavia Abogados contamos con profesionales de la abogacía especializados en diferentes ramas del derecho como divorcios, herencias, negligencias médicas o asuntos de inmobiliario que te asesorarán en todo momento a la hora de verte inmerso en un procedimiento de este tipo.
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