En los supuestos de transmisión de patrimonio por causa de muerte, lo primero es averiguar si la persona fallecida dejó testamento. Para ello, los familiares deben acudir al registro y solicitar el certificado de últimas voluntades, así como nota simple del Registro.
Si resulta que hay un testamento, habrá que dirigirse al notario donde se inscribiera el mismo, solicitar una copia y descubrir quiénes son los herederos del inmueble. Lo serán automáticamente, de no existir el documento que indique un reparto diferente, los familiares siguiendo el orden estricto que establece la ley. Una vez se confirme quiénes son los beneficiarios de la herencia, se debe hacer una escritura notarial para relacionar los bienes y asignar a los que serán los próximos titulares. Este texto debe formalizarse en el Registro de la Propiedad para que quede inscrita la titularidad en favor de los nuevos propietarios. Hasta aquí el procedimiento no ofrece equivocación alguna, pero es a partir de este momento cuando comienzan los problemas para los nuevos dueños.
En el caso de que el inmueble tenga una hipoteca, los nuevos titulares quedarán subrogados en la deuda que estaba pendiente de pago en el momento del fallecimiento. Si hubiera embargos anotados, es posible que esté en marcha un proceso de subasta por el que los nuevos herederos podrían perder la propiedad. Por ello es interesante aceptar la herencia a beneficio de inventario.
Ocurre lo mismo con los contratos, por ejemplo, de venta. Si existe un acuerdo previo al fallecimiento del dueño de la casa, la operación seguirá adelante, por lo que es importante que los herederos sepan que deben asumir la posición del propietario, quedando obligados a lo que éste hubiera convenido con el comprador.
En Campo & Cavia Abogados contamos con un equipo de abogados expertos en herencias que te asesorarán en todo momento a la hora de iniciar un procedimiento de este tipo.
Campo & Cavia Abogados
Departamento de Sucesiones