Los supuestos de compra de un inmueble, en la practica habitual, se estructuran en tres fases diferenciadas dentro de las cuales las partes acuerdan la progresión de la compra y proceden a desembolsar las cantidades que formarán parte finalmente del precio total de la compraventa.
El primer documento que las partes suelen firmar como acuerdo es el contrato de reserva ofrecido normalmente por la Agencia que comercializa el inmueble objeto de la compraventa. Con este contrato, el cliente interesado en la compra desembolsa una cantidad inicial que normalmente asciende a 3.000 euros y como consecuencia de este acto, el piso queda reservado para esa persona durante un tiempo y en consecuencia la agencia bloquea su comercialización y se compromete a no enseñarlo a ningún otro posible comprador interesado hasta que no haya transcurrido ese periodo de tiempo.
En esta primera fase, si la compraventa no llega a avanzar hacia el siguiente paso, lo normal sería que la agencia deshiciera ente acuerdo y devolviera la cantidad entregada en concepto de reserva a la parte potencialmente compradora. Sin embargo, en ocasiones, la redacción de estos documentos se vuelve oscura y enrevesada y da pie a presuntos supuestos de fraude en los cuales la agencia intermediaria es reticente o poco ágil para retornar esas cantidades entregadas a cuenta por el futuro comprador. Es por ese motivo que se recomienda, antes de firmar este tipo de acuerdos, contar con la ayuda de abogados especializados en derecho inmobiliario que puedan asesorar al cliente en la firma de un acuerdo que respete sus derechos como consumidor.
En Campo & Cavia Abogados contamos con un equipo de Abogados Expertos en derecho Inmobiliario que te asesorarán en todo momento a la hora de llevar a buen fin una operación de este tipo.
Campo & Cavia Abogados.
Departamento de Derecho Inmobiliario.