Por mucho que duela en ocasiones, impugnar la validez de un testamento es una vía difícil para modificar la herencia
Tras el fallecimiento de un ser querido, viene el momento de ver si existe algún testamento válido a partir del cual se repartan sus bienes conforme a su voluntad. Sin embargo, en algunas ocasiones, algunos familiares o seres cercanos al fallecido los últimos años de su vida, consiguen que el difunto haya realizado en los últimos años un testamento que les deje todos sus bienes o bien que perjudique de alguna forma clara a aquellos familiares con los que no se ha tenido un trato tan cercano en los últimos años. Es en ese momento cuando se puede estudiar si realmente el difunto estaba en plenitud de facultades mentales cuando emitió o cambió el testamento en favor de algún familiar o amistad, y en perjuicio de otros miembros de la familia.
Sin embargo, cabe decir que a pesar de que pueda parece un proceso sencillo si es que realmente ha habido una manipulación de la voluntad del difunto a la hora de otorgar sus últimas voluntades, lo cierto es que los Jueces siguen unos criterios legales claros en el sentido de no cambiar ningún testamento si no se cumplen escrupulosamente los requisitos legales para ello.
Concretamente, el Tribunal Supremo tiene declarado que DEBE PRESUMIRSE SIEMPRE LA CAPACIDAD DEL TESTADOR, declarando que: «Toda persona debe reputarse en su cabal juicio como atributo normal de su ser y por consecuencia ha de presumirse la capacidad del testador en tanto no se demuestre inequívoca y concluyentemente que al tiempo de realizar la declaración testamentaria tenía enervadas las potencias anímicas de raciocinio y de querer con verdadera libertad de elección, postulado y presunción que se ajustan a la idea tradicional del favor testamento».
Dicho esto, tal y como concluyen los abogados especialistas en herencias de Campo & Cavia, será un problema de prueba, el determinar cuándo una persona no se encontraba en su cabal juicio en el momento de emitir dicho testamento. O bien cuándo dicha persona ha sido forzada de alguna forma a emitir un testamento que no hubiera hecho.
En contra de dicha prueba, siempre estará el criterio del Notario, quien lógicamente cuando una persona emite un testamento, ya hace un juicio de valor y de capacidad sobre el mismo, y si entiende el Notario que no está capacitado para emitir el testamento, no le permitirá hacerlo. Dicho motivo, es argumentado en numerosas sentencias para desestimar las peticiones de impugnación e testamentos. La prueba tiene que ser clara y contundente, haciendo ver que en su día el Notario no examinó lo suficientemente bien la capacidad del testador.
Por todo ello, existirá una presunción de que realmente el testamento es válido y la persona que lo emitió tenía capacidad para ello, teniendo que probar el impugnante de forma clara y concluyente (tal y como recoge el Tribunal Supremo de forma «evidente y completa»), que no fue así y que por lo tanto la persona dictó el mismo en contra de su voluntad o bien no estaba capacitada en el momento de la emisión del mismo.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Herencias
¿Y si el testador miente en el testamento? quiero decir que para desheredar el testador miente aludiendo maltratos físicos y psicológicos, usando interesadamente la jurisprudencia, con animo de venganza o hacer daño.
Hola Pedro:
El testamento tan solo recoge la voluntad del testador en relación a sus bienes. El Notario no hace constar nunca los motivos por los cuales de artibuye un bien o no a una persona.
Álvaro Cavia
Abogado