Qué ocurre cuando en un testamento, se menciona que los herederos serían una persona en concreto y sus hijos. Dichas herencias quedan recogidas en el artículo 423.7 de nuestro Código de Sucesiones.
En concreto, si nos encontramos con un testamento en el que se nombra a una persona en concreto como heredera de los bienes, así como sus hijos, tal y como recoge la normativa, los hijo se entenderá que los hijos serán sustitutos vulgares del progenitor.
Es decir, si no se hace ninguna mención en contra en el testamento, el mencionar como heredero a dicha persona y «sus hijos», coloca a estos últimos en una situación de desventaja, puesto que sólo pasarán a ser herederos si en el momento de abrirse la herencia, ha fallecido también el progenitor. De lo contrario, heredará el progenitor y ellos no recibirán nada de la herencia, ya que en primer lugar heredaría el progenitor
¿Cómo se podía solucionar dicha falta de adjudicación de bienes a los hijos?
Para evitar que se produzca dicha previsión legal que parece que va un poco en contra de lo que el causante quería, se debería especificar mejor la disposición testamentaria, y en lugar de dejar heredero a dicha persona y sus hijos, se podría hacer una mención más concreta.
De hecho, la simple mención de que se deja la herencia a dicha persona y se nombran igualmente coherederos a sus descendientes en igual proporción al progenitor haría que la herencia tuviera que ser repartida entre dicha familia. De esta forma, los hijos pasarían a ocupar la misma posición que el progenitor y heredarían a partes iguales con el mismo,
Dicha conclusión, la obtenemos de la última mención que establece el propio artículo 423.7 en su punto primero, donde recoge que los hijos serían sustitutos vulgares del progenitor «salvo que la voluntad del testador sea otra». Por lo tanto, si de forma clara se deja constancia que los hijos tienen que formar parte de la herencia a partes iguales con el progenitor (o en la forma que se determine), será dicha voluntad lo que prevalecerá y por lo tanto sí que los hijos heredarán.
Los abogados expertos en herencias de Campo & Cavia, realizamos trámites testamentarios que evitan precisamente que una vez fallecido el causante, puedan provocarse polémicas sobre interpretaciones de los testamentos que no estén demasiado claros.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Herencias