La pareja de hecho ya disuelta, en el caso de no existir hijos del fallecido, podría heredar los bienes del difunto si comparece con dos testigos en una Notaría omitiendo el hecho de que la pareja ya no existía a fecha de fallecimiento.
Y es que según la normativa de sucesiones Catalana, a falta de hijos, el heredero pasa a ser el cónyuge o la pareja de hecho siempre que en el momento de fallecimiento no estuviera separado de hecho.
Sin embargo, puede darse la situación en la que la pareja estuviera formalizada con un acta de pareja de hecho, y a pesar de haber roto hace tiempo, nunca hubieran disuelto oficialmente el acta de pareja.
En dicha situación, puede la pareja de hecho manifestar ante un Notario con testigos que dicha pareja existe todavía, ante lo cual el Notario lógicamente tiene que dar por buenas las alegaciones de la pareja y los testigos, y continuar con el trámite de aceptación de la herencia.
Serán entonces los familiares más directos del difunto, los que si ver perjudicados sus derechos, tendrían que acudir a la autoridad judicial para que dicha aceptación de herencia quedara invalidada y por lo tanto se abriera la sucesión abintestato sin la pareja de hecho que ya no existía al fallecimiento.
Dificultad probatoria en estos procesos
El proceso lógicamente tienen sus particularidades, ya que es de suponer que la pareja de hecho manifestará que la pareja seguía viva en el momento de fallecimiento. Será por lo tanto un problema de prueba y demostración ante el Juez de que dicha situación o es real y por lo tanto no hay derecho a la herencia por parte de la ex pareja.
Los abogados expertos en herencias de Campo & Cavia, recomiendan medir los pasos antes de iniciar un proceso de estas características ante el Juzgado, ya que la pérdida del mismo puede suponer costes elevados.
Se tiene que tener seguro el extremo de que realmente la pareja no existía en el momento del fallecimiento, y eliminar cualquier posibilidad de que la pareja pueda demostrar que dicho extremo no es cierto y por lo tanto que pueda demostrar al juez que sus declaraciones son ciertas y por lo tanto tiene derecho a la herencia.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Herencias