Es innegable que la crisis COVID_19 ha provocado un aumento considerable de la disolución de los matrimonios por divorcio. Y en ese escenario, muchos de esos divorcios se han llevado a cabo a través del ya conocido mecanismo de los divorcios exprés.
La situación inicial de confinamiento total, seguida del largo periodo de confinamientos parciales con apertura y cierres continuos de las restricciones en todo el territorio nacional ha ido minando la cotidianeidad y la vida de muchas familias que han tenido claro durante estos periodos o a la finalización de los mismos que tenían que divorciarse.
Una de las características que define a este tipo de divorcio, como su nombre ya indica, es la celeridad y la sencillez de los trámites para llevarlo a cabo. Sin embargo, solo es apto para matrimonios sin hijos y en los que normalmente no se lleva a cabo un reparto patrimonial.
En ese sentido, el requisito único para su materialización es que hayan pasado al menos tres meses desde la celebración del matrimonio. Una vez transcurrido ese tiempo y tras haber cumplimentado el resto de sencillos requisitos formales y documentales, ya se puede proceder a la presentación de la menada de divorcio.
Los requisitos antes mencionados son muy simples. Las partes solo han de aportar un convenio regulador en el que acuerdan los términos de su divorcio y acompañarlo de un certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil en el que se encuentre inscrito el matrimonio.
Una vez hecho esto, se presenta la demanda de divorcio firmada por abogado y procurador para tramitarse en el Juzgado de Familia que por domicilio corresponda.
En Campo & Cavia Abogados contamos con un equipo de Abogados Expertos en Divorcios que te asesorarán en todo momento a la hora de iniciar un procedimiento de este tipo.
Campo & Cavia Abogados.
Departamento de Derecho de Familia.