El contrato de reserva de un piso supone el primer paso hacia la compra de un inmueble. Se trata de un trámite que no es obligatorio pero que la mayoría de agencias inmobiliarias ponen en práctica para tratar de asegurar sus ventas y para marcar el inicio de la compraventa.
La reserva del inmueble a través de este trámite supone que la parte compradora entrega una cantidad de dinero a cuenta del precio del inmueble y como reserva del mismo. Con ello normalmente se garantiza que la agencia inmobiliaria deja de enseñarlo a ortos posibles compradores interesados durante u periodo de tiempo y mientras se formaliza el contrato de arras entre el comprador y vendedor.
Este contrato de reserva tiene como misión también que se establezca un periodo de tiempo para que el comprador y el vendedor lleguen a un acuerdo final sobre el eventual precio del inmueble.
La cantidad a pagar en este contrato de reserva no está predeterminada por la ley y normalmente es una cantidad mínima que suele oscilar entre los 1.000 y los 3.000 €. Esa cantidad inicialmente pagada por este concepto se suele añadir después a la que se estipule en el contrato de arras como complemento de la misma.
Este tipo de contrato de reserva no lleva aparejada ninguna penalización para el caso en el que finalmente no se formalice el futuro contrato de compraventa entre las partes y es por ese motivo que, en caso de no ser así. La agencia que retenga este dinero estará obligada a devolverlo en condiciones normales si llegado el caso no se termina en compraventa.
En Campo & Cavia Abogados contamos con un Equipo de Abogados Expertos en Derecho Inmobiliario que te asesorarán en todo momento a la hora de iniciar un proceso de compraventa de inmueble.
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