Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo, condena a un médico que estaba de guardia pero no por negligencia médica, sino por omisión del deber de socorro.
A nuestro juicio, la condena es coherente con la principal función que tienen los médicos, que es ayudar y asistir a los enfermos cuando lo necesitan. Lo hechos ser remontan al año 2008, cuando un joven de 23 años no fue atendido en las propias puertas del Hospital de Ciudad Real.
El joven acudía al hospital por encontrarse mal y perdió el conocimiento antes de entrar en el mismo chocando con un vehículo en la propia puerta del centro hospitalario.
Los funcionarios del cuerpo de policía se presentaron en el centro hospitalario para pedir ayuda para el joven. Dicha ayuda fue negada por el médico de urgencias alegando que tenía otros pacientes y que no podía dejar el hospital. Llevó una UVI móvil, pero falleció a los 30 minutos.
El médico ha sido condenado por la vía penal por denegación de auxilio, siendo obligado al pago de 100.000 Euros a la mujer y a la hija del fallecido. Así mismo, al tratarse de una condena penal, ha sido igualmente condenado a seis meses de inhabilitación al facultativo.
Sin embargo, dicha condena por vía penal, guarda poca relación a una condena por negligencia médica, ya que en este caso, la omisión del deber de socorro es clara, ya que según el criterio de los Jueces del Tribunal Supremo, el médico condenado podía perfectamente haber asistido al enfermo, ya que no se encontraba realizando ningún acto médico. Al margen de ello, se valoró que el paciente se encontraba en la misma puerta del hospital, lo que agrava más todavía la denegación de auxilio en una persona que está en una situación grave.
Según el criterio de los abogados especialistas en negligencias médicas de Campo & Cavia, lo cierto es que no recomendamos por regla general acudir a la vía penal en los casos de negligencias médicas, pero en casos como este, es lógico reclamar por esta vía, ya que lo que se está juzgado no es una negligencia médica en sí, sino una denegación de auxilio, es decir, el no ayudar a una persona que encuentra en una situación de auxilio, a pesar de poder haberlo hecho.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Negligencias