Los últimos datos del año 2017 reflejan un aumento considerable de las custodias compartidas, siendo ya un 30% del total de procedimientos.
En concreto, a fecha de hoy la media nacional es que uno de cada tres rupturas con hijos, se resuelve con una custodia compartida. Una situación totalmente impensable hace diez años cuando se empezaban a conceder en el Juzgado.
Hace unos diez años, sólo una de cada diez rupturas eran resueltas con custodias compartidas, y actualmente ya estamos en un 30% lo que sin duda es un gran avance para la igualdad de derechos de los padres ante tales procesos.
Y es que hasta hace bien poco tiempo, los padres siempre han sido los más perjudicados en todos los procesos sobre guarda y custodia. Antes del inicio de la corriente que favorece la custodia compartida, el padre no era más que un «visitador» de fin de semana con sus obligaciones del pago de alimentos.
Con la normativa que se publicó en el Código Civil en el año 2005 que potenciaba la custodia compartida de mutuo acuerdo y que ya daba la posibilidad de adoptarla igualmente si uno de los progenitores la solicitaba, fue poco a poco adoptándose esa forma de cuidar a los hijos comunes.
En la comunidad autónoma de Cataluña, se han dictado igualmente normas que avanzan más en dicha linea, y el porcentaje actual asciende hasta el 44%, lo que supone la comunidad autónoma más progresista en este sentido.
El Tribunal Supremo, sentó su jurisprudencia en el año 2013, considerando que la situación de custodia compartida era la normal y la deseable en el cuidado de los hijos. Siendo esta la idea del Tribunal Supremo, el lógico que los Juzgados de rango inferior tienen que adaptarse a la misma.
Hay que estudiar caso por caso
Lo cierto es que a pesar de que las estadísticas digan una cosa y exista una clara tendencia a la custodia compartida, no hay que dejar de examinar la particularidad de cada caso.
El motivo es claro. Dependerá de las posibilidades que tienen los padres de dar a sus hijos una estabilidad y dedicarles el tiempo necesario que necesitan. Lógicamente sería muy imprudente dar una custodia compartida a un progenitor que tiene unos horarios desde pronto por la mañana hasta las ocho de la tarde.
Sí que se podría por el contrario, dar una custodia compartida que no supusiera una semana completa a cada progenitor. Se puede dar el caso de tener una custodia compartida adaptada a los horarios de los progenitores, de forma que los menores pueden disfrutar tanto del padre como de la madre, y los padres no se ven afectados en sus actividades laborales por el cuidado de los menores
Los abogados especialistas matrimoniales de Campo & Cavia, intentamos agotar todas las vías posibles de acuerdo para conseguir una custodia compartida que sea beneficiosa para los menores. Sin embargo, en caso de no ser aceptada, nuestra obligación es recurrir a la autoridad judicial para que la conceda, ya que hoy en día las posibilidades son mucho mayores que años atrás.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Matrimonial