CAMPO & CAVIA. MATRIMONIALISTAS
Es bien sabido que la tendencia actual en los divorcios o cualquier separación matrimonial, es potenciar la custodia compartida entre los progenitores. Sin embargo, en el caso de que mayormente la madre no esté conforme con dicha custodia compartida, existen unos criterios que los jueces siguen para determinar si es posible adoptar un régimen compartido de guarda y custodia, es decir, repartir equitativamente el tiempo que los padres podrán disfrutar de la compañía de sus hijos, sin relegar al padre a unas restringidas visitas de fines de semana y poco más.
Algunos consejos que pueden ayudar a este objetivo final podrían ser:
-Que el padre tenga una vinculación afectiva real con los menores.
-Que tenga una aptitud demostrada para garantizar el bienestar de dichos hijos.
-Demostrar una actitud de colaboración entre los cónyuges en interés de sus hijos.
-Haber dedicado antes de la ruptura un tiempo importante en la atención de los hijos.
-Tener un domicilio cercano al domicilio familiar (en el caso de que la madre se quede en el uso de dicho domicilio).
-Tener un horario compatible con las actividades de los hijos y lógicamente poder atenderlos debidamente.
La experiencia en este tipo de procedimientos por parte de los abogados matrimonialistas de Campo & Cavia Abogados Barcelona, hace deducir que si un padre quiere conseguir una custodia compartida en contra de la voluntad de la madre, tiene que tener bien presente que a fecha de hoy es necesario demostrar de forma clara, no sólo que está perfectamente capacitado, sino que sus horarios laborales, domicilio y sus aptitudes anteriores y posteriores a la ruptura, están a la misma altura o incluso por encima de las capacidades de la madre. Sólo de esta manera, se podrá luchar por la concesión de un régimen justo de guarda y custodia que sea compartido entre los dos cónyuges.
Comentar igualmente, que cada Juez tiene su propio punto de vista y su tendencia a conceder o no este tipo de guarda y custodias, por lo que hay muchos factores que pueden decantar la balanza en una u otra dirección. Sin embargo, sería totalmente injusto y discriminatorio el negar a un padre tener la compañía de sus hijos al mismo nivel que la madre en el caso de que demuestre que está plenamente capacitado y puede ofrecer una educación a los menores que garanticen su bienestar.
Ricardo Campo Galindo
Campo & Cavia Abogados
Departamento Derecho de Familia
10/10/2014