En el caso de que por cualquier motivo una persona sea detenida, tiene que saber de antemano qué actuaciones no debe hacer que pudieran perjudicarle en un futuro juicio.
Una persona puede ser incluso detenida por una denuncia falsa sobre la cual la policía o los jueces tienen que actuar como si de unos hechos verdaderos se tratara. En cualquier caso, un detenido tiene que mantener la calma, y debe lógicamente ser informado de los motivos por los cuales se está procediendo a su detención.
Una vez retenido en la comisaría, se le requiere para designe un abogado o bien en el caso de no disponer uno de confianza, se le puede designar un Letrado adscrito al turno de oficio. En el caso de que el detenido se encuentre retenido, antes de que llegue el abogado, no podrá hablar con él de forma privada, y sólo después de su declaración ante la policía, podrá tener una entrevista reservada para que pueda asesorarle. Por dicho motivo, en muchas ocasiones se acogen los mismos a su derecho a no declarar y por lo tanto se recoge un acta en la que se recoge tal opción del detenido. Dicha actuación de «no declarar» en muchos casos puede resultar sumamente beneficiosa, ya que el propio abogado que acude a realizar la asistencia al detenido, no tiene acceso en sede policial, al expediente completo sobre los motivos de la detención. No tiene acceso a la denuncia o a los datos y pruebas que en el expediente constan contra el detenido. Es por dicho motivo que es una asistencia que queda un poco «coja» y que por lo tanto en el caso de que el detenido decida declarar ante la autoridad policial, estará obligado a contestar a todas las preguntas que le hagan (aunque lógicamente le ampara el derecho a no declarar o a no contestar a alguna pregunta). Pero por lógica, si ha decidido declarar, lo que no es muy coherente es contestar unas preguntas sí y otras no. Lo más razonable, en el caso de que no se tengan datos suficientes, es simplemente no declarar, y el abogado dispondrá en sede judicial de acceso al expediente (salvo que exista secreto de sumario), y podrá asesorar al cliente de forma pormenorizada, orientándole sobre los pros los contras y la línea donde tiene que ir la defensa de su caso.
Los abogados penalistas de Campo & Cavia, creemos más conveniente prestar una declaración completa en sede judicial, y no declarar en sede policial sin tener acceso a la totalidad del expediente, de forma que una declaración prematura, puede perjudicar gravemente la defensa del acusado.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Penal