La búsqueda de una vivienda resulta en Barcelona tarea casi imposible, pero una vez encontrada, es totalmente recomendable asesorarse con un abogado inmobiliario que ultime los detalles de la misma.
En muchos de los casos, la compra de una vivienda se reduce a encontrar una agencia que esté publicando un piso, y una vez llegado a un acuerdo económico, se paga una reserva, posteriormente unas arras para ir a firmar en Notaría en unas semanas la escritura pública.
Sin embargo, antes de llegar hasta la misma Notaría, existen unos trámites que no pueden ser omitidos, y que pueden llevar a que una vez comprada la vivienda, el adquirente pueda experimentar sorpresas desagradables.
- Por ejemplo, ¿qué pasaría si una vez comprada, resulta que la comunidad había hablado de hacer una derrama importante para la conservación del edificio que el comprador no había contemplado?
- O ¿qué ocurriría si la persona que está vendiendo la vivienda, o la agencia que se encarga de promocionarla, realmente no está autorizada y el propietario no acepta la compra por parte de la persona que ha pagado las Arrras?.
- Y si por ejemplo se compra una vivienda por lo bonito que está todo, y una vez comprada nos damos cuenta que la misma ha sido vaciada porque los muebles no estaban incluidos.
Son varios ejemplos de situaciones que pueden ocurrir ante un comprador que no ha tomado las precauciones necesarias o que no ha buscado asesoramientos con abogados expertos inmobiliarios.
Hay que pensar que lógicamente una agencia inmobilaria que está vendiendo un inmueble, lo hace defendiendo y protegiendo los intereses del comprador, y lógicamente el comprador es una tercera persona que paga el precio pactado pero que no será defendido en caso de discusión con el vendedor.
El motivo es obvio, la agencia cobra sus honorarios al vendedor, y es el principal cliente de la misma, siendo el comprador la persona ajena a la relación entre vendedor y agencia, que finaliza la operación.
En nuestra opinión, desde el mismo momento en que una persona decide comprar una vivienda, debería asesorarse sobre los puntos importantes legales que la venta tiene y que hay que valorar.
Sólo así se estará preparado para firmar una reserva en el momento de encontrar la vivienda apropiada.
Y eso sí, antes de firmar las Arrras, hay que negociar punto por punto lo que esté a la medida del comprador, ya que si no se negocian tales cláusulas, pueden también haber sorpresas desagradables. Existen muchos puntos que tienen que ser hablados y dejar las cosas claras entre las partes.
Igualmente, se tienen que regular en dichas arras, todas las circunstancias precisas que puedan prever cualquier contratiempo (retraso en la financiación, retraso en las verificaciones del estado de la vivienda, informaciones de la comunidad de propietarios etc.). Todo ello, tiene que examinarse con el suficiente tiempo para tomar la decisión adecuada.
Si se toman las precauciones mínimas ante la compra de un inmueble, se evitarán las sorpresas que pueden llevar al comprador a encontrarse en una situación complicada antes o después de la firma notarial.
Campo & Cavia Abogados
Departamento Inmobiliario